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  Foro Ciclismo >> Foro Off Topic >> empadronamiento de inmigrantes ilegales.
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Replicado por chango
25/01/2010 a las 2:10:29

chango


Mensajes: 8115
Febrero 2007 | MADRID

 Replicado el 25/01/2010 a las 2:10:29

      Cita de Nocivo:

      Cita de the chief:
No seais radicales. Demos opciones:

A.- coger algodon
B.- coger cafe
C.- coger caña de azucar

sin cobrar claro.

C.- Irse a su puto pais a menearsela a los ñus y a las gacelas.


Para que veais que no soi radical.



     


Chief, o A--C, o como quieras llamarte. Esas cositas que dices, aparte de lo más obvio, denota una ignorancia inmensa. Quizás tirando de ello se te podría hasta perdonar. Yo creo que un paseo imaginario por la historia que te hiciera pasar por los motivos por los que esos negros están como están sería la solución a lo tuyo. Pero como eso es imposible, y total ya no vas a cambiar, lo suyo sería contratar a 3 o 4 negracos que te metieran la paliza de tu vida y te mandaran al hospital, previa sodomización. Así odiarías a 4 negros POR ALGO.
     



jajajaja me ha molao lo de POR ALGO

inmenso nocivo!

”Las montañas no son estadios donde satisfacer nuestra ambición deportiva, sino catedrales donde practicar nuestra religión” Anatoli Boukreev mis fotos: http://picasaweb.google.com/jjgarcinuno mis videos: http://vimeo.com/changocam
Replicado por kubiko
25/01/2010 a las 17:33:48

kubiko


Mensajes: 1167
Agosto 2008 | VIZCAYA

 Replicado el 25/01/2010 a las 17:33:48

      Cita de Nitrogenad: superkini, suscribo lo que dices, lo del PER es un compra-votos que hace a la gente gandula y dependiente de los subsidios, aparte es una gran discriminación al resto de los trabajadores.

Sé de gente que cobra el PER sin haber trabajado nunca en el campo solo porque tienen familia que le firma las penadas.
     



... y por que no lo denuncias?

Mucho meterse con los negros y los moros pero nadie habla de la BASURA BLANCA que tenemos a patadas. Vagos, gandules, inutiles, pastilleros y ni-nis varios...
A muchos de esos les desempadronaba yo, pero rápido.....

Nire aitaren etxea defendituko dut. Otsoen kontra, sikatearen kontra, lukurreiaren kontra, justiziaren kontra, defenditu eginen dut nire aitaren etxea.
Replicado por caniamon
25/01/2010 a las 19:28:46

caniamon


Mensajes: 12450
Marzo 2005 | GUIPUZCOA

 Replicado el 25/01/2010 a las 19:28:46

      Cita de Nocivo:

      Cita de caniamon:

      Cita de Nocivo:

      Cita de the chief:
No seais radicales. Demos opciones:

A.- coger algodon
B.- coger cafe
C.- coger caña de azucar

sin cobrar claro.

C.- Irse a su puto pais a menearsela a los ñus y a las gacelas.


Para que veais que no soi radical.



     


Chief, o A--C, o como quieras llamarte. Esas cositas que dices, aparte de lo más obvio, denota una ignorancia inmensa. Quizás tirando de ello se te podría hasta perdonar. Yo creo que un paseo imaginario por la historia que te hiciera pasar por los motivos por los que esos negros están como están sería la solución a lo tuyo. Pero como eso es imposible, y total ya no vas a cambiar, lo suyo sería contratar a 3 o 4 negracos que te metieran la paliza de tu vida y te mandaran al hospital, previa sodomización. Así odiarías a 4 negros POR ALGO.
     


Totalmente de acuerdo con Nocivo, tendre que ir al medico esto no es normal
     


No sólo estas de acuerdo si no que además tuviste la necesidad de decirlo. Uy uy uy
     


Pues si, eso es mas grave todavía no, sera el 2010 que me a trastornado.

El segundo es el primero de los perdedores
Replicado por A--C
26/01/2010 a las 21:28:27

A--C


Mensajes: 423
Diciembre 2008 | GRANADA

 Replicado el 26/01/2010 a las 21:28:27

      Cita de Nocivo:

      Cita de the chief:
No seais radicales. Demos opciones:

A.- coger algodon
B.- coger cafe
C.- coger caña de azucar

sin cobrar claro.

C.- Irse a su puto pais a menearsela a los ñus y a las gacelas.


Para que veais que no soi radical.



     


Chief, o A--C, o como quieras llamarte. Esas cositas que dices, aparte de lo más obvio, denota una ignorancia inmensa. Quizás tirando de ello se te podría hasta perdonar. Yo creo que un paseo imaginario por la historia que te hiciera pasar por los motivos por los que esos negros están como están sería la solución a lo tuyo. Pero como eso es imposible, y total ya no vas a cambiar, lo suyo sería contratar a 3 o 4 negracos que te metieran la paliza de tu vida y te mandaran al hospital, previa sodomización. Así odiarías a 4 negros POR ALGO.
     




¿¿que tiene que ver el jefe conmigo??

¿¿tienes pruebas??

Esta claro que eres un mal amigo.

mereces muuuuuuuuuuuuuuuuuuy poca confianza.

casi como si fueras negro.



It is a shame to be alone an appendix
Replicado por Taba
29/01/2010 a las 23:58:14

Taba


Mensajes: 6349
Febrero 2009 | BARCELONA

 Replicado el 29/01/2010 a las 23:58:14


      Cita de nobatto: Ley Organica 4/2000 11 de Enero Extranjeria

Artículo 3. Derechos de los extranjeros e interpretación de las normas.

1. Los extranjeros gozarán en España de los derechos y libertades reconocidos en el Título I de la Constitución (DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA NORMA SUPREMA) en los términos establecidos en los Tratados internacionales, en esta Ley y en las que regulen el ejercicio de cada uno de ellos. Como criterio interpretativo general, se entenderá que los extranjeros ejercitan los derechos que les reconoce esta Ley en condiciones de igualdad con los españoles.

2. Las normas relativas a los derechos fundamentales de los extranjeros serán interpretadas de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias vigentes en España, sin que pueda alegarse la profesión de creencias religiosas o convicciones ideológicas o culturales de signo diverso para justificar la realización de actos o conductas contrarios a las mismas.

Artículo 5. Derecho a la libertad de circulación.

1. Los extranjeros que se hallen en España de acuerdo con lo establecido en el Título II de esta Ley, tendrán derecho a circular libremente por el territorio español y a elegir su residencia sin más limitaciones que las establecidas con carácter general por los tratados y las Leyes, o las acordadas por la autoridad judicial, con carácter cautelar o en un proceso penal o de extradición en el que el extranjero tenga la condición de imputado, víctima o testigo, o como consecuencia de sentencia firme.

Amen de otros 70 articulos más, varias disposiciones adicionales,
transitorias y finales .

Te la puedo enviar en PDF si tienes mucho interes en ella.


Como nos la lió en zapatitos que nos ha llenao el país de negros, moros y demás gentuza. .. perdón si la ley de extranjería fue aprobada por el partido popular.... maldito zapatero seguro que hizo budú o algo o .... maldito zapatero








     


 


Buenas, si no fueras tan BURRO  te darias cuenta que es sobre extrangeros no ilegales. Hos estais volviendo muyyy racistas.


vosotros que habeis emigrado a todas partes del mundo. La ostia, sois la ooooooosstiaaaaa.

Replicado por Taba
30/01/2010 a las 0:11:49

Taba


Mensajes: 6349
Febrero 2009 | BARCELONA

 Replicado el 30/01/2010 a las 0:11:49

Buenas. Yo soy un inmigrante legal, mi familia lleva solo dos generaciones en America y por parte de madre menos, y pago unos 800 euros de impuestos entre seguridad sosial e irpf o como sea y nunca me han dado ayudas, así que menos llorar y leer un poco más de historia, que los españoles se furon a todos lados hace no muchos años atras. Pero claro, eso ya esta muy lejos.


saludos.

Replicado por modesty
30/01/2010 a las 0:17:16

modesty


Mensajes: 4319
Noviembre 2007 | MADRID

 Replicado el 30/01/2010 a las 0:17:16


      Cita de Taba:



      Cita de nobatto: Ley Organica 4/2000 11 de Enero Extranjeria

Artículo 3. Derechos de los extranjeros e interpretación de las normas.

1. Los extranjeros gozarán en España de los derechos y libertades reconocidos en el Título I de la Constitución (DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA NORMA SUPREMA) en los términos establecidos en los Tratados internacionales, en esta Ley y en las que regulen el ejercicio de cada uno de ellos. Como criterio interpretativo general, se entenderá que los extranjeros ejercitan los derechos que les reconoce esta Ley en condiciones de igualdad con los españoles.

2. Las normas relativas a los derechos fundamentales de los extranjeros serán interpretadas de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias vigentes en España, sin que pueda alegarse la profesión de creencias religiosas o convicciones ideológicas o culturales de signo diverso para justificar la realización de actos o conductas contrarios a las mismas.

Artículo 5. Derecho a la libertad de circulación.

1. Los extranjeros que se hallen en España de acuerdo con lo establecido en el Título II de esta Ley, tendrán derecho a circular libremente por el territorio español y a elegir su residencia sin más limitaciones que las establecidas con carácter general por los tratados y las Leyes, o las acordadas por la autoridad judicial, con carácter cautelar o en un proceso penal o de extradición en el que el extranjero tenga la condición de imputado, víctima o testigo, o como consecuencia de sentencia firme.

Amen de otros 70 articulos más, varias disposiciones adicionales,
transitorias y finales .

Te la puedo enviar en PDF si tienes mucho interes en ella.


Como nos la lió en zapatitos que nos ha llenao el país de negros, moros y demás gentuza. .. perdón si la ley de extranjería fue aprobada por el partido popular.... maldito zapatero seguro que hizo budú o algo o .... maldito zapatero








     


Buenas, si no fueras tan BURRO  te darias cuenta que es sobre extrangeros no ilegales. Hos estais volviendo muyyy racistas.


 


vosotros que habeis emigrado a todas partes del mundo. La ostia, sois la ooooooosstiaaaaa.



     


Está en modo irónico ¿no? Es lo que me parece...no sé.


gilipollas no lleva tilde pero se acentua con el tiempo
Replicado por Taba
30/01/2010 a las 0:27:12

Taba


Mensajes: 6349
Febrero 2009 | BARCELONA

 Replicado el 30/01/2010 a las 0:27:12


      Cita de modesty


:



      Cita de Taba:


 



      Cita de nobatto: Ley Organica 4/2000 11 de Enero Extranjeria

Artículo 3. Derechos de los extranjeros e interpretación de las normas.

1. Los extranjeros gozarán en España de los derechos y libertades reconocidos en el Título I de la Constitución (DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA NORMA SUPREMA) en los términos establecidos en los Tratados internacionales, en esta Ley y en las que regulen el ejercicio de cada uno de ellos. Como criterio interpretativo general, se entenderá que los extranjeros ejercitan los derechos que les reconoce esta Ley en condiciones de igualdad con los españoles.

2. Las normas relativas a los derechos fundamentales de los extranjeros serán interpretadas de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias vigentes en España, sin que pueda alegarse la profesión de creencias religiosas o convicciones ideológicas o culturales de signo diverso para justificar la realización de actos o conductas contrarios a las mismas.

Artículo 5. Derecho a la libertad de circulación.

1. Los extranjeros que se hallen en España de acuerdo con lo establecido en el Título II de esta Ley, tendrán derecho a circular libremente por el territorio español y a elegir su residencia sin más limitaciones que las establecidas con carácter general por los tratados y las Leyes, o las acordadas por la autoridad judicial, con carácter cautelar o en un proceso penal o de extradición en el que el extranjero tenga la condición de imputado, víctima o testigo, o como consecuencia de sentencia firme.

Amen de otros 70 articulos más, varias disposiciones adicionales,
transitorias y finales .

Te la puedo enviar en PDF si tienes mucho interes en ella.


Como nos la lió en zapatitos que nos ha llenao el país de negros, moros y demás gentuza. .. perdón si la ley de extranjería fue aprobada por el partido popular.... maldito zapatero seguro que hizo budú o algo o .... maldito zapatero








     


Buenas, si no fueras tan BURRO  te darias cuenta que es sobre extrangeros no ilegales. Hos estais volviendo muyyy racistas.


 


 


 


vosotros que habeis emigrado a todas partes del mundo. La ostia, sois la ooooooosstiaaaaa.


 



     


Está en modo irónico ¿no? Es lo que me parece...no sé.



     


 


Buenas. Pues me parece que si. Me he liado y perdon por los horrores.


Es que estos temas me sqacan de quicio.

Replicado por Taba
30/01/2010 a las 0:28:40

Taba


Mensajes: 6349
Febrero 2009 | BARCELONA

 Replicado el 30/01/2010 a las 0:28:40


      Cita de Taba


:


Buenas. Yo soy un inmigrante legal, mi familia lleva solo dos generaciones en America y por parte de madre menos, y pago unos 800 euros de impuestos entre seguridad sosial e irpf o como sea y nunca me han dado ayudas, así que menos llorar y leer un poco más de historia, que los españoles se furon a todos lados hace no muchos años atras. Pero claro, eso ya esta muy lejos.


 


saludos.



     


 


Y tambien Catalanes, que conozco a más de uno en Uruguay.

Replicado por Nocivo
30/01/2010 a las 0:51:05

Nocivo


Mensajes: 6355
Junio 2007 | LEON

 Replicado el 30/01/2010 a las 0:51:05


      Cita de Taba:



      Cita de nobatto: Ley Organica 4/2000 11 de Enero Extranjeria

Artículo 3. Derechos de los extranjeros e interpretación de las normas.

1. Los extranjeros gozarán en España de los derechos y libertades reconocidos en el Título I de la Constitución (DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA NORMA SUPREMA) en los términos establecidos en los Tratados internacionales, en esta Ley y en las que regulen el ejercicio de cada uno de ellos. Como criterio interpretativo general, se entenderá que los extranjeros ejercitan los derechos que les reconoce esta Ley en condiciones de igualdad con los españoles.

2. Las normas relativas a los derechos fundamentales de los extranjeros serán interpretadas de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias vigentes en España, sin que pueda alegarse la profesión de creencias religiosas o convicciones ideológicas o culturales de signo diverso para justificar la realización de actos o conductas contrarios a las mismas.

Artículo 5. Derecho a la libertad de circulación.

1. Los extranjeros que se hallen en España de acuerdo con lo establecido en el Título II de esta Ley, tendrán derecho a circular libremente por el territorio español y a elegir su residencia sin más limitaciones que las establecidas con carácter general por los tratados y las Leyes, o las acordadas por la autoridad judicial, con carácter cautelar o en un proceso penal o de extradición en el que el extranjero tenga la condición de imputado, víctima o testigo, o como consecuencia de sentencia firme.

Amen de otros 70 articulos más, varias disposiciones adicionales,
transitorias y finales .

Te la puedo enviar en PDF si tienes mucho interes en ella.


Como nos la lió en zapatitos que nos ha llenao el país de negros, moros y demás gentuza. .. perdón si la ley de extranjería fue aprobada por el partido popular.... maldito zapatero seguro que hizo budú o algo o .... maldito zapatero








     


 


 


 


Buenas, si no fueras tan BURRO  te darias cuenta que es sobre extrangeros no ilegales. Hos estais volviendo muyyy racistas.


 


vosotros que habeis emigrado a todas partes del mundo. La ostia, sois la ooooooosstiaaaaa.



     


Esa peazo patada ni los inmigrantes ilegales Indeciso


Si esto es vivir en serio, prefiero hacer el indio.
Replicado por Taba
30/01/2010 a las 1:32:33

Taba


Mensajes: 6349
Febrero 2009 | BARCELONA

 Replicado el 30/01/2010 a las 1:32:33


      Cita de Nocivo


:



      Cita de Taba:


 



      Cita de nobatto: Ley Organica 4/2000 11 de Enero Extranjeria

Artículo 3. Derechos de los extranjeros e interpretación de las normas.

1. Los extranjeros gozarán en España de los derechos y libertades reconocidos en el Título I de la Constitución (DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA NORMA SUPREMA) en los términos establecidos en los Tratados internacionales, en esta Ley y en las que regulen el ejercicio de cada uno de ellos. Como criterio interpretativo general, se entenderá que los extranjeros ejercitan los derechos que les reconoce esta Ley en condiciones de igualdad con los españoles.

2. Las normas relativas a los derechos fundamentales de los extranjeros serán interpretadas de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias vigentes en España, sin que pueda alegarse la profesión de creencias religiosas o convicciones ideológicas o culturales de signo diverso para justificar la realización de actos o conductas contrarios a las mismas.

Artículo 5. Derecho a la libertad de circulación.

1. Los extranjeros que se hallen en España de acuerdo con lo establecido en el Título II de esta Ley, tendrán derecho a circular libremente por el territorio español y a elegir su residencia sin más limitaciones que las establecidas con carácter general por los tratados y las Leyes, o las acordadas por la autoridad judicial, con carácter cautelar o en un proceso penal o de extradición en el que el extranjero tenga la condición de imputado, víctima o testigo, o como consecuencia de sentencia firme.

Amen de otros 70 articulos más, varias disposiciones adicionales,
transitorias y finales .

Te la puedo enviar en PDF si tienes mucho interes en ella.


Como nos la lió en zapatitos que nos ha llenao el país de negros, moros y demás gentuza. .. perdón si la ley de extranjería fue aprobada por el partido popular.... maldito zapatero seguro que hizo budú o algo o .... maldito zapatero








     


 


 


 


 


 


 


 


Buenas, si no fueras tan BURRO  te darias cuenta que es sobre extrangeros no ilegales. Hos estais volviendo muyyy racistas.


 


 


 


vosotros que habeis emigrado a todas partes del mundo. La ostia, sois la ooooooosstiaaaaa.


 



     


 


Esa peazo patada ni los inmigrantes ilegales Indeciso



     


 


Pues si, ya he pedido perdon por los horrores jajaja. A ver si me rio un poco, que este tema me tiene locoooooo.


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