La Unión Ciclista Internacional (UCI) ha anunciado la suspensión provisional del ciclista español Oier Lazkano López tras detectar una Infracción de las Normas Antidopaje (ADRV). La sanción se basa en el uso de una Sustancia Prohibida y/o Método Prohibido según el Artículo 2.2 de las Reglas Antidopaje de la UCI (UCI ADR).

La decisión de la UCI, dada a conocer mediante un comunicado oficial el 30 de octubre de 2025, se fundamenta en la opinión unánime de un panel de tres expertos científicos independientes. Este panel emitió su dictamen el 23 de octubre de 2025 tras revisar el Pasaporte Biológico del Atleta (ABP) de Lazkano, un perfil hematológico que recoge muestras proporcionadas por el corredor entre el 7 de enero de 2020 y el 30 de diciembre de 2024.
El análisis concluye que:
“Es altamente probable que se haya utilizado una sustancia o un método prohibido y que es improbable que el pasaporte sea el resultado de cualquier otra causa.”
Los expertos llegaron a esta conclusión después de revisar no solo el Pasaporte Biológico del ciclista, sino también la documentación de apoyo y las explicaciones presentadas por el propio Oier Lazkano.
La UCI ha notificado la situación al equipo actual del corredor, Red Bull-BORA-hansgrohe, señalando que el aviso se envía a la formación porque Oier Lazkano López estaba contratado por este equipo en el momento del descubrimiento de las infracciones identificadas en su ABP, las cuales se sitúan en los años 2022, 2023 y 2024, cuando corría para el Movistar Team.

El ciclista español, una de las figuras emergentes del ciclismo nacional, queda suspendido provisionalmente a la espera de los próximos pasos en el proceso disciplinario. Este caso de dopaje mediante el Pasaporte Biológico (ABP) subraya el compromiso de la UCI y las autoridades antidopaje con la integridad del deporte.
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